No se si sabrán Vds. (y si no lo saben, nosotros se lo contamos) que hasta hace poco los jueces y fiscales que pescaban una canongía y colgaban provisionalmente la toga, pasaban a la situación de “excedencia voluntaria”, lo que supone que no tenían garantizada la vuelta a su antiguo puesto ni contaba el tiempo de mamancia a efectos de antigüedad, ascensos y demás.
Pues bien, el pasado día 23 de Septiembre se publica en el BOE la modificación de la LOPJ por la que se establece que la situación de fiscales y jueces cuando sean nombrados para cargo político o de confianza en virtud de Real Decreto o Decreto autonómico, o elegidos para cargos públicos representativos en el Parlamento Europeo, Congreso de los Diputados, Senado, Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas o Corporaciones locales, será la de “servicios especiales”. O sea, que el tiempo que pasen en los verdes pastizales del politiqueo estatal o aferrados al alpiste autonómico les computará a efectos de antigüedad y garantiza regresar al puesto que ocupaban antes del pelotazo.
Y para que no se diga, la norma se establece con carácter retroactivo ¿Y adivinan quien ha sido uno de los primeros que se ha apuntado al carro sin dar tiempo a que se seque la tinta de la Ley? El BOE del pasado día 8 nos sacará de dudas:
Vista la solicitud formulada por don Mariano Fernández Bermejo relativa a la modificación de su situación administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 de la disposición transitoria octava de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 12/2011, de 22 de septiembre, que tuvo entrada en vigor el 24 de septiembre de 2011, Este Ministerio ha resuelto declarar en situación de servicios especiales en la Carrera Fiscal con efectos del día 12 de febrero de 2007 a don Mariano Fernández Bermejo, Fiscal de Sala del Tribunal Supremo, que por Orden JUS/552/2007, de 7 de marzo, fue declarado en situación de excedencia voluntaria en la Carrera Fiscal por la causa prevista en la letra f) del artículo 356 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, situación en la que se encontraba en la fecha de aprobación de la Ley Orgánica 12/2011, de 22 de septiembre.
Efectivamente, nuestro héroe no figura en las listas del PSOE postzapateril para las próximas elecciones y volverá a la Fiscalía del Supremo pero, con tan oportuna reforma, sus años de energúmeno ministerial, a los que hay que sumar el tiempo que ha ejercido de marmolillo peatonal en el Congreso, encima tienen premio. Nuestro más sentido pésame a los funcionarios de la Fiscalía del Supremo en particular y a la Administración de Justicia en general.
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